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| 2015-2 | Articulo 11.- | Fraccion XIX
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  NOTA: Información validada al día de hoy sábado, 23 de noviembre de 2024
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Articulo 11.-
Articulo 14.-

11-XIX PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
EN CUMPLIMIENTO A LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA: ART. 11, FRACC. XIX.- "RESPECTO A LOS CONTRATOS DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADOS POR EL SJETO OBLIGADO, UN LISTADO QUE RELACIONE EL NÚMERO DE CONTRATO, SU FECHA DE CELEBRACIÓN, EL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROVEEDOR, EL OBJETO DEL CONTRATO Y EL MONTO DEL VALOR TOTAL DE LA CONTRATACIÓN;". PARA EL SECTOR CENTRAL, SOLO LA OFICIALÍA MAYOR DE GOBIERNO REALIZA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES.
 

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