Portal Gobierno del Estado de BC
| 2015-2 | Articulo 11.- | Fraccion VII
Buscar
Buscar
  NOTA: Información validada al día de hoy sábado, 23 de noviembre de 2024
  Ir a la ley actual
Articulo 11.-
Articulo 14.-

11-VII PLANTILLA DE PERSONAL (SUELDOS)
EN CUMPLIMIENTO A LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA: ART. 11, FRACC. VII.- PLANTILLA DE PERSONAL INDICANDO EL NOMBRE, PUESTO, ADSCRIPCIÓN, REMUNERACIÓN MENSUAL QUE CONSIDERE PRESTACIONES, ESTÍMULOS O COMPENSACIONES Y CUALQUIER OTRA PERCEPCIÓN EN DINERO O EN ESPECIE, DE TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LOS SUJETOS OBLIGADOS, INCLUYENDO A SUS TITULARES;
 

Central

General

VII.- Plantilla de Personal Sector Central